Casos de uso de la tecnología blockchain en el campo del Derecho
En España, donde más del 97 por ciento de las empresas son Pymes, el día a día impide disponer de tiempo para replantear procesos y aplicar nuevas tecnologías que no estén generalizadas en ese sector determinado. Lo mismo sucede en el sector legal, en el que las asesorías jurídicas y despachos de abogados, en los que la gran cantidad de trabajo, permite la adaptación a la actualización normativa, pero dificulta la renovación de los procesos. Por consiguiente, las metodologías de trabajo y tecnologías empleadas quedan intactas en muchos casos.
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En contenido, el Derecho es un área multidisciplinar. Toma como ejemplo distintos fenómenos sociales e intenta adaptarse a ellos. Aunque el uso de la tecnología blockchain aún está en fase de desarrollo, los beneficios descubiertos para el sector del Derecho son amplios. De ahí que puedan analizarse distintos casos en los que está tecnología puede contribuir al sector, para hacer notar los efectos de su irrupción en esta década y en las sucesivas.
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Es importante resaltar que la tecnología blockchain aún se encuentra en la base, desde un punto de vista de desarrollo y aplicación en el mercado en el sector legal (Hype cycles), según afirma Gartner. Esto significa que estamos tan solo al principio de lo que se puede producir en los próximos años.
Inmutabilidad del contenido
En primer lugar, hay que recordar las características de toda blockchain: inmutabilidad, trazabilidad y autenticidad de los movimientos que se producen en ella. Todas estas características pueden servir para erradicar problemáticas que se producen tradicionalmente en el Derecho y que acostumbran a traducirse en controversias o litigios.
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Uno de los principales usos de blockchain es el aprovechamiento de la inmutabilidad del contenido que se almacena en ella. Por ejemplo, documentos. Su registro hará trazable cualquier manipulación que se produzca sobre ellos y será un medio fehaciente de su autenticidad. Así como de la fecha en que se ha producido el acto, gracias a la marca de tiempo. Ello permite partir de una situación más ventajosa y evitar problemas en el futuro. Por ejemplo, se puede dejar constancia del registro de una marca o de un contrato.
Evidentemente, existen aplicaciones muchos más desarrolladas y de mayor complejidad. De hecho, ya existen modelos y proyectos piloto, incluso en las administraciones públicas. Está claro que, además de las ventajas inherentes a toda blockchain ya descritas, mejora los tradicionales sistemas de Cloud computing, donde la centralización pone en peligro la seguridad de los datos, por lo que es un muy buen servicio.
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Smart legal contracts
En segundo lugar, una de las principales aplicaciones de la tecnología blockchain es la que se abre mediante la red Ethereum. Esta blockchain permite la creación de smart contracts, que en el sector legal se traduce en los smart legal contracts. Su uso puede ser un gran complemento a los contratos en lenguaje natural, que permiten que se programe un código que autoejecute las prestaciones del contrato, bajo el cumplimiento de condiciones o funciones booleanas preestablecidas.
Las redes de oráculos, que permiten conectar la blockchain con el exterior de ésta, cada vez son más completas. Están interconectadas cada vez co más tecnologías: sensores NFC (móviles) o RFID (etiquetas), programas informáticos, páginas web, Inteligencia Artificial o Internet de las Cosas, entre otras. Todo ello, permite el control de toda la vida de un contrato, así como la obtención de KPIs, de cara a mejorar modelos. Conjugado con la automatización de ciertos contratos, puede faclitar un ahorro de tiempo y costes, así como evitar futuras reclamaciones.
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Resolución de controversias
La integración de redes de oráculos en los smart legal contracts permitirá que puedan procesarse más datos. Así como llevar un control cada vez más exhaustivo de lo que ocurre a raíz del contrato y plantear soluciones más eficaces, transparentes e imparciales a los conflictos que puedan surgir, dejando constancia de ello en la blockchain. Esto tiene que ver con la afirmación que hizo Tapscott de que la combinación de la Inteligencia Artificial con el Internet de las Cosas y blockchain, contribuirá a la transformación de múltiples sectores. Entre ellos: el sector legal.
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La autoejecucion transparente e imparcial, indirectamente, puede descargar de trabajo a los tribunales y recurrir a los ADR (métodos alternativos de resolución de conflictos), para resolver controversias. En España, el pasado año se registró el primer laudo arbitral en el caso Bamboo DeFi. En última instancia, se evitarán abusos y desequilibrios por alguna de las partes. Por ejemplo, en el sentido del artículo 1256 del Código Civil Español, entre otras cuestiones. Evidentemente, para que todo esto sea realidad, debe dotarse de rigor jurídico a los contratos. Por lo que el papel de los juristas será fundamental.
Seguridad y privacidad
En tercer lugar, algunas empresas ya han empezado a ver una oportunidad sobre áreas de práctica muy explotadas y comunes en el día a día como es la Protección de Datos. Estas empresas han visto el conflicto de la blockchain con respecto al ejercicio de los derechos ARCO y que se puede producir debido a la inmutabilidad de toda blockchain. En este sentido, no han querido desaprovechar las aportaciones de esta tecnología a la seguridad y privacidad del almacenamiento de datos personales. Y, a su vez, permitir el ejercicio de los derechos. Se han planteado distintas alternativas para hacerlo compatible. Una es la vinculación del hash a un fichero externo, de forma que si se elimina el fichero, el número permanece. Pero por sí solo no tiene sentido, ni se puede asociar a ninguna identidad. También se puede ocultar el bloque.
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Cabe añadir que la idea de un tratamiento más justo de los datos se ha vinculado al concepto de identidad digital autosoberana. Con ella, se pretende gestionar los datos de una forma más democrática, impidiendo una extralimitación en la finalidad del tratamiento.
Emisión de tokens
En cuarto lugar, la red Ethereum ha permitido que cualquier persona o entidad pueda emitir su propio token. Ello ha causado controversia. Es el caso de los security tokens, que han alarmado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, al permitir obtener rentabilidades de un negocio subyacente (es como un crowdfunding basado en blockchain). Lo que ocurre es que los utility token, que son aquellos utilizados para pagar por los productos de la empresa que los emite, el regulador también considera que en ciertos casos pueden fluctuar y comportar ganancias o pérdidas. Por ello, hasta la aprobación del Reglamento MiCa, la inseguridad jurídica está servida. De ahí que hayan aparecido despachos especializados en estas áreas.
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Por último, el desarrollo de las Initial Coin Offering y las Security Token Offering, ha desembocado en un nuevo fenómeno que acaba de aparecer recientemente. Las grandes cantidades que en ocasiones se pueden necesitar para litigar o la ausencia de demasiados medios, pueden comportar un deficiente acceso a la justicia. Lo que dificulta el derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24 de la Constitución Española). Por ello, desde hace años en EE.UU. y más tarde en España, apareció la financiación de litigios.
Mercados de financiación de litigios
Para ello se empleaban métodos de banca tradicionales. Recientemente, ha aparecido una nueva forma de financiar litigios basada en la tokenización de créditos derivados de las condenas en éstos. Se trata de las Ofertas Iniciales de Litigios. Se formula como una Initial Coin Offering, pero en vez de destinarse a financiar una empresa, se destina a la financiación de un litigio. Es evidente, que su aplicación se limita a casos en los que el suplico tiene un contenido dinerario. Además, el demandante, debe estar dispuesto a compartir lo que se gane en el mencionado litigio, al menos en proporción a lo aportado. Tras el primer caso, se han creado plataformas para recoger ofertas de este tipo.
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Es el caso de Ryval, una startup que pretende convertirse en un mercado de financiación de litigios. Por lo que los despachos de abogados pueden captar clientes, independientemente de su capacidad económica (fuera de los casos de la Asistencia Jurídica Gratuita), sin temer impagos, evitando la discriminación de los clientes por esta razón, pese a no ser insolventes o estar por encima del IPREM. Pese a ello, la inversión es «a cara o cruz». O se gana mucho dinero o se pierde todo. Son muy parecidas a las opciones binarias, sistema de inversión prohibido en la Unión Europea.
Escalabilidad de las blockchains
Los casos descritos son algunos pocos ejemplos de las aplicaciones de la tecnología al blockchain al ámbito del Derecho. En la década de 2010 irrumpieron grandes startups en nuestro país. Glovo, o Wallapop, entre ellas. Ambas tienen algo en común: unir a través de una plataforma a personas, para generar una economía colaborativa y generalizar algo a lo que antes sólo algunos tenían acceso.
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Por ello, a modo de conclusión, la adopción masiva de blockchain por consumidores y empresas podría generar grandes beneficios en el mundo real, incluido el sector legal. Se podría establecer una estrategia bimodal, aprovechando lo positivo de la forma de trabajar tradicional, pero aplicando estás tecnologías. No solo desde el punto de vista de la regulación, también de los procesos. En definitiva, contribuir a un mejor funcionamiento global de las empresas y la justicia, pero sin olvidar que debe ir acompañado de una mejora en la escalabilidad de las distintas blockchains utilizadas.